Resolución 1111 de 2017

Evita sanciones cumpliendo a cabalidad con lo estipulado en la normatividad SGSST.

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Nota: Esta Resolución ha sido derogada por la Resolución 0312 de 2019 de Seguridad y salud en el trabajo.

La Resolución 1111 de 2017 define todos los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) en las empresas, es decir, la definición del cómo y cuándo se debe entregar dicha implementación del SGSST.

Para muchas empresas esto se tomó como un nuevo plazo para la entrega del SGSST, sin embargo lo que el gobierno hizo fue dividir por etapas el proceso de la implementación del SGSST y no una prórroga para la Circular 052 del 2016 en la cual el plazo para el cumplimiento del decreto 1072 de 2015 es para el 1 de junio de 2017.

Sin embargo la adecuación de los plazos y las fechas se han interpretado como un nuevo cambio, es por eso que vamos a estudiar a fondo las fases del SGSST y determinar qué es lo que las empresas deben presentar y en qué fechas deben presentarlo.

Fases y tiempos de aplicación del SGSST según la resolución 1111 de 2017

Evaluación Inicial del SGSST

(Junio 2017 a Agosto 2017)

Es la auto-evaluación que las empresas deben realizar para determinar las prioridades y necesidades en seguridad y salud en el trabajo para establecer el plan de trabajo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo anual del 2018 conforme al Artículo 2.2.4.6.16 del decreto 1072 de 2015.

Este proceso se debe efectuar de acuerdo al anexo 1 de la resolución 1111 de 2017 en donde se establecen los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, los porcentajes ya se encuentran también establecidos y dicha auto evaluación deberá  ser presentada ante las ARLs cada año a partir del 2019 sin que esto no indique que las autoevaluaciones del 2017, 2018 y tercer trimestre del 2019 no deban ser efectuadas y guardadas para alguna solicitud del Ministerio del Trabajo.

Si revisamos el anexo nos vamos a dar cuenta que muchas de las actividades corresponden al proceso de la construcción documental, la cual debemos tener organizada al igual que la adecuación del personal y presupuesto del mismo para dar inicio a la elaboración del plan anual del año siguiente (2018).

Con esto podemos evidenciar que no hay una prórroga, simplemente es la organización de cada una de las etapas y fechas que el ministerio establece dentro de su cronograma de entrega de resultados dentro de la implementación del SGSST.

Plan de Mejoramiento del SGSST

(Septiembre 2017 a Diciembre 2017)

Durante este periodo todas las empresas deberán llevar a cabo las acciones de mejoramiento que sean necesarias para corregir las debilidades encontradas en la autoevaluación, algunas de estas acciones son:

  1. Realización de la evaluación inicial de acuerdo a los estándares mínimos en la implementación del SGSST.
  2. Establecer las mejoras conforme a la evaluación inicial.
  3. Realizar el diseño del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Esto permite a cada una de las empresas y organizaciones establecer las acciones de mejora para corregir las debilidades encontradas en la evaluación inicial.

En esta etapa ya debemos tener orientado nuestro plan de trabajo anual, plan de emergencias y plan de capacitaciones, llevando a cabo la ejecución de los puntos más críticos que generan la vulnerabilidad del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de los trabajadores.

Ejecución del SGSST

(Enero 2018 a Diciembre 2018)

En este periodo las empresas y organizaciones ponen en marcha el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo conservando coherencia con lo establecido en la evaluación inicial y el plan efectuado en el año anterior de acuerdo a los estándares mínimos y plan de mejoramiento del SGSST.

En el mes de diciembre se deberá establecer el plan de trabajo anual para el 2019.

Seguimiento y Plan de Mejora del SGSST

 (Enero 2019 a Marzo de 2019)

En este periodo todas las empresas deberán realizar la vigilancia preventiva de la ejecución, desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST). Para esta fase la empresa deberá realizar lo siguiente:

  1. Realizar la auto-evaluación según los estándares mínimos.
  2. Establecer el plan de mejora conforme a lo establecido en el plan del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del 2018, que ya debe estar ejecutado e incorporarlo al plan SGSST que se debe estar desarrollando durante el 2019.

Vigilancia y Control del SGSST

 (Abril 2019 en adelante)

En esta fase el Ministerio del trabajo seguirá realizando con más control las auditorías en las empresas determinando las multas y sanciones necesarias por el incumplimiento de la resolución 1111 de 2017 o la normativa vigente y el no seguimiento de los controles o mejoras concluyentes en el SGSST.

Esto no significa que el Ministerio del Trabajo no realice verificaciones e inspecciones a las empresas de manera aleatoria o programada y revise la información de años anteriores, ya que las empresas no deberían preocuparse por lo realizado a partir del año 2017.

Debido a que estas normas están dispuestas desde mucho tiempo atrás y se han reglamentado a partir del 2012 y hasta la fecha debería significar que desde que tu empresa u organización se debe dar cumplimiento al programa de salud ocupacional para la seguridad y salud en el trabajo, hoy Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Hay que recordar que los inspectores del ministerio del trabajo están desde mucho tiempo atrás visitando empresas y haciendo recomendaciones con el fin de exigir el cumplimiento de la normatividad y generando acuerdos mutuos. Recordemos que la implementación del SGSST de acuerdo con la resolución 1111 del 2017, los estándares mínimos indican fechas de 2017 a 2019.

Fases de ejecución de la resolución 1111 de 2017

  • Medidas de control de riesgos

  • Creación

  • Capacitación y simulacros de las brigadas de emergencia

  • Instalación de señales y demarcaciones

En general cada una de las medidas que son inherentes a cada empresa dependiendo sus grados de riesgo y actividad laboral.
Es de esta manera que para diciembre de 2018 las tareas asignadas a Ejecución deben estar culminadas. Con el fin de cumplir los requisitos de la Norma y continuar con la cuarta fase del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Recordemos que la implementación del SGSST de acuerdo con la Resolución 1111 del 2017 los estándares mínimos indican fechas de 2017 a 2019.

Sanciones por incumplimiento de la Resolución 1111 de 2017

La empresa que no logre este cumplimiento acarreará sanciones monetarias de acuerdo con la Ley 1562 de 2012 en su Artículo 13:

“El incumplimiento de los programas de salud ocupacional, las normas en salud ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Sistema General de Riesgos Laborales, acarreará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes”

El decreto 1072 de 2015 Título 4 Capítulo 11 su ART. 2.2.4.11.4. regula los criterios que pueden generar multas en las empresas, y en su Artículo 2.2.4.11.5. Dispone una tabla con las sanciones que puede incurrir al incumplimiento de las actividades del sistema de gestión.

Es por esto que debemos estar muy pendientes de cada una de las tareas a realizar con profesionales altamente calificados brindando seguridad en cada uno de los procesos que se tengan que realizar.

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