Teletrabajo: Un nuevo estilo de vida en el mundo laboral
Salud ocupacional

Teletrabajo: Un nuevo estilo de vida en el mundo laboral

5/5 - (122 votos)

Adoptar el Teletrabajo como nuevo un nuevo estilo de vida en el mundo laboral te hace más responsable a la hora de cumplir con tus funciones.

Empieza a ser un teletrabajador

Si estás en una oficina debes manejar tu propio espacio de trabajo, es por eso que las tecnologías de comunicación, han avanzado tanto para que, desde ya, empieces a ser un teletrabajador.

Los avances de los sistemas de información y comunicación cada día son mejores, de una manera que, con el tiempo no es necesario que el empleador contrate a un profesional para que asista a una empresa y cumpla un horario de ocho horas, es por eso que existen diversos softwares, que permiten realizar una teleconferencia.

Actualmente el mundo laboral innova en la adopción de herramientas que faciliten el teletrabajo, con el fin de darle mejores beneficios a los empleados que requieran este tipo de vinculación laboral.

El teletrabajo es aceptado en Colombia y respaldado por la Ley 1221 de 2008, es por eso que en el Decreto 1072 de 2015 en el capítulo 6 explica la diferencia entre teletrabajo y teletrabajador.

El objeto y ámbito de aplicación para el teletrabajo rigen las mismas relaciones entre empleadores y teletrabajador, los  teletrabajos pueden desarrollar sus actividades en el sector público y privado

Ley en Colombia que establece el teletrabajo

En Colombia existe una Ley 1221 de 2008, que además es decreto 0884 de 2012, donde el teletrabajo es una forma de organización laboral que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o en prestación de servicios.

Ya sea en el sector público y privado, donde se prestan servicios a terceros utilizando las herramientas de tecnologías de información y comunicación para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerir de la presencia física del empleado en el sitio específico de trabajo cumpliendo sus ocho horas diarias.

¿Qué es el Teletrabajo?

El Teletrabajo es una forma de organización laboral, que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para el contacto entre el trabajador y empleador sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo.

Modalidades del Teletrabajo

Teletrabajo autónomo

Son aquellos trabajadores independientes que hacen uso de las tecnologías de información y comunicación, para ejecutar sus tareas desde cualquier lugar previamente elegido por él.

Teletrabajo suplementario

Es la modalidad de teletrabajo con contrato laboral, en la que el trabajador alterna sus tareas en distintos días de la semana entre la empresa y un lugar fuera de ella, usando las tecnologías de información para cumplir con sus compromisos laborales.

Teletrabajo móvil

Son aquellos trabajadores que utilizan dispositivos móviles, para llevar a cabo sus actividades laborales. El empleador les permite ausentarse con frecuencia de la oficina, no tienen un lugar definido para realizar sus labores.

Diferencias entre el Teletrabajo y Teletrabajador

Teletrabajo

Es una forma de organización laboral, que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para el contacto entre el trabajador y empleador sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo.

Teletrabajador

Es la persona que, en el marco de la relación laboral dependiente, utiliza las tecnologías de la información y comunicación como medio para realizar su actividad laboral fuera de las instalaciones de la empresa, en cualquiera de las formas definidas por la ley.

Aportes de seguridad laboral

El Decreto 1072 de 2015 en el capítulo 6 contempla los aportes de seguridad social que debe tener un teletrabajador  al momento de ser contratado por el  empleador.

Por último, los teletrabajadores deben estar afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y el pago de los aportes se debe efectuar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

A su vez, los teletrabajadores en relación de dependencia, durante la vigencia de la relación laboral, deben ser afiliados por parte del empleador al sistema de seguridad social, salud, pensiones y riesgos laborales, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan o las disposiciones que regulen los regímenes especiales, así como a las Cajas de Compensación Familiar en los términos y condiciones de la normatividad que regula dicha materia.

5/5 - (122 votos)

[njwa_button id=”13157″]

Deja tu Comentario

implementacion-del-sgsst

administracion-del-sgsst