RESOLUCIÓN 0256 de 2014

Encuentra acá todo lo que necesitas saber para aplicar y cumplir con la implementación de tu SGSST.
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La Resolución 0256 de 2014, de la Dirección Nacional de Bomberos tiene por objeto reglamentar el diseño, organización y construcción de los contenidos y funcionamiento de los programas de formación, capacitación y entrenamiento que deben ser aplicadas a las brigadas contra incendios, en los sectores energético, industrial, minero, petrolero, portuario, eléctrico, hidroeléctrico, comercial y similares.

En Colombia, desde la creación de la Ley 9 de 1979, Resolución 2400 de 1979, Resolución 1016 de 1989, Decreto 2222 de 1993, Decreto 1443 de 2014 y la Ley 1575 de 2012, se establece que todo lugar de trabajo deberá disponerse de personal capacitado, métodos, equipos y materiales adecuados para la prevención y extinción de incendios.

Nuestra premisa como empresa es fundamental: “La seguridad de su empresa…Nuestro mayor compromiso”.

Por otra parte, consultando al Comandante de La estación de Bomberos B22 de Mosquera Jorge Hernando Rodríguez. Nos comunica que, los beneficios de aplicar la Resolución 0256 de 2014, es contar con la prevención, preparación conocimiento y atención oportuna ante una emergencia, dentro y fuera de sus lugares de trabajo teniendo en cuenta su actividad económica, participar del comité de ayuda mutua y pertenecer a la red de emergencias.

Antes de iniciar la aplicación de la resolución 0256 de 2014, es importante definir lo siguiente:

  • La clase o tipo de Brigada que se quiere entrenar, teniendo en cuenta la actividad económica de la empresa.
  • Disposición y voluntad de las personas para trabajar en este tipo de actividad.

Prioridad en las emergencias, es actuar con seguridad.

¿Damos cumplimiento a la Resolución 0256 de 2014?

Quienes están facultados para entrenar y capacitar a la Brigada contra incendio, son los cuerpos de Bomberos por intermedio de sus escuelas, según la Resolución 0256 de 2014.

Cabe aclarar que la Resolución 0256 de 2014 habla solo de las brigadas contraincendios, por lo cual debemos ser integrales con nuestras brigadas, también en evacuación, rescate y primeros auxilios. Por ello, nuestra compañía GES cuenta con el personal idóneo para capacitar y entrenar en la temática, con el fin de que sirvan como apoyo a su formación en las brigadas contra incendio.

La Resolución 0256 de 2014, en el Capítulo 1, Artículo 2, Numeral: 5,6 y 7 nos define las clases de brigadas, a saber:

  • Brigada contraincendios básica o clase I: Grupo de empleados con una ocupación laboral, que de acuerdo con las actividades económicas de la empresa, están formadas, capacitadas y entrenadas para la prevención y atención inicial de emergencias que pueden suscitarse al interior o exterior de la empresa y que estén relacionados con la misma.
  • Brigada contraincendios intermedia o clase II: Grupo de empleados con una ocupación laboral, que de acuerdo con las actividades económicas de la empresa, están formadas, capacitadas y entrenadas para la prevención y atención inicial de emergencias en interiores o exteriores de la empresa y que estén relacionados a la misma de acuerdo a riesgo existente y que estén dotados de todos los elementos, herramientas, equipos y accesorios necesarios para la atención de las emergencias en las primeras etapas de su desarrollo.
  • Brigada contraincendios especializada o clase III: Grupo de empleados, que de acuerdo a las actividades económicas de la empresa, están formados para la prevención y atención de emergencias en interiores o exteriores de las instalaciones y que se relacionan con los sectores petrolero, minero, portuario, químico, eléctrico, hidroeléctrico y otros sectores de alto riesgo existente y que estén dotados de los elementos, herramientas, equipos y accesorios necesarios para el tipo de riesgos especifico y la atención de las emergencias en las primeras etapas de su desarrollo.

Organización del proceso de formación según Resolución 0256 de 2014

Como todo proceso de formación tiene una organización, la Resolución 0256 de 2014, que se detalla en el Capítulo II Art. 3, 4 y 5.

Brigadista contra Incendio

3.1 las personas que participen en las brigadas contraincendios deberán ser escogidos entre los empleados de las instalaciones.

3.2 Las personas deben cumplir con los requisitos contemplados para los miembros de la brigada contraincendios y pueden pertenecer a cualquier área o departamento de la empresa.

3.3 Cada miembro de la brigada contraincendios debe cooperar, participar y cumplir con las disposiciones y normas de la brigada contraincendios y el programa de formación capacitación y entrenamiento.

Jefe o líder de la brigada contraincendios

4.1 Garantizar la estructura organizacional de la brigada contraincendios.

4.2 Administrar operativamente el recurso humano de la brigada contraincendios.

4.3 Establecer una cadena de mando de la brigada contraincendios para actuar en ausencia del jefe o líder de la brigada.

4.4. Participar activamente del comité de emergencia de la empresa.

4.5 Expedir periódicamente reportes escritos sobre la situación de la brigada contraincendios para la gerencia.

4.6 Mantener actualizados los registros de entrenamiento y estar disponible para la inspección para la autoridad competente.

Director de la brigada contraincendios

5.1 Establecer directrices para ejecutar los programas determinados en las normas de la brigada contraincendios.

5.2 Determinar el tamaño y organización de la brigada contraincendios, debe estar conformada mínimo por el 20% de la población laboral, garantizando una distribución uniforme de los brigadistas en los turnos de trabajo.

5.3 Coordinar y programar reuniones de gestión operativas y administrativas con periodicidad.

5.4 Establecer y mantener programas de inspección de los equipos de protección contra incendios de la brigada.

5.5 Mantener relaciones con las autoridades de bomberos locales, organizando simulaciones y simulacros periódicamente.

Clasificación de las brigadas contraincendios

Dentro de la Resolución 0256 de 2014, nos habla sobre la clasificación de las brigadas contraincendios en el capítulo III.

Articulo 6 El sistema de clasificación asegura que las brigadas contraincendios puedan responder de una manera segura y eficaz.

6.1 Brigada contraincendio Básica o clase I

Los elementos, herramientas, equipos y accesorios que una brigada básica o clase I debe tener son: Extintores portátiles según el tipo de riesgo y la capacidad extintora que establezca la normatividad nacional vigente, para el área a cubrir.

6.1.2 Los trajes o vestidos mínimos de protección

  • Uniforme completo de manga larga con reflectivos, de acuerdo con su tipo de riesgo y normatividad.
  • Casco tipo industrial, con barbuquejo de tres puntos.
  • Guantes tipo ingeniero.
  • Protección visual.
  • Protección respiratoria de acuerdo con el tipo de riesgo.
  • Calzado adecuado al tipo de riesgo.

6.2 Brigada contraincendios intermedia o clase II

6.2.1 Los elementos, herramientas, equipos y accesorios que una brigada intermedia o clase II

  • Extintores portátiles según el tipo de riesgo y la capacidad extintora que establezca la normatividad nacional vigente, para el área a cubrir.
  • Gabinetes debidamente instalados de acuerdo con la normatividad vigente.
  • Sistemas de protección pasivos contra incendios.

6.2.2 Los trajes o vestidos de protección exigidos

Uniforme completo de manga larga con reflectivos, de acuerdo a su tipo de riesgo y normatividad.

  • Casco tipo industrial, con barbuquejo de tres puntos.
  • Guantes tipo ingeniero.
  • Protección visual.
  • Protección respiratoria de acuerdo con el tipo de riesgo.
  • Calzado adecuado al tipo de riesgo.

6.3 Los trajes de protección térmica y equipos de respiración autónoma (SCBA) Deben cumplir normas internacionales vigentes.

6.3.1 Brigada contraincendios especializada o clase III

Se ajustará a los análisis de riesgo y actividades propias de cada uno de los sectores energético, petrolero, minero, portuario, químico, eléctrico, hidroeléctrico y otros sectores de alto riesgo existentes.

6.3.2 Los elementos, herramientas, equipos y accesorios que una brigada especializada o clase III

  • Extintores portátiles según el tipo de riesgo y la capacidad extintora que establezca la normatividad nacional vigente, para el área a cubrir.
  • Gabinetes debidamente instalados de acuerdo a la normatividad vigente.
  • Sistemas de protección pasivos de incendio.

6.3.3 Los trajes o vestidos de protección exigidos

Uniforme completo de manga larga con reflectivos, de acuerdo a su tipo de riesgo y normatividad.

    • Casco tipo industrial, con barbuquejo de tres puntos.
    • Guantes tipo ingeniero.
    • Protección visual.
    • Protección respiratoria de acuerdo al tipo de riesgo.
    • Calzado adecuado al tipo de riesgo.

6.3.4 Debe contar con equipo de protección personal completo según el escenario especifico de acuerdo con la normatividad nacional e internacional vigente.

6.3.5 Deberá contar con vehículo destinado para la atención inicial de emergencias, certificado para la operación contraincendios, según el escenario especifico de riesgo.

6.3.6 Las empresas podrán conformar brigadas especializadas en una o varias de las siguientes temáticas con sus respectivos elementos, herramientas, equipos y accesorios.

Materiales peligrosos:

  • Nivel operaciones.
  • Nivel Técnico.
  • Nivel Especialista.

Rescate industrial en sus diferentes modalidades.

  • Incendios Industriales.
  • Incendios Estructurales.
  • Incendios Forestales.

Las horas de capacitación según el contenido mínimo curricular de acuerdo con la Resolución 0256 de 2014 son:

  • Brigada contraincendio básica o clase I: 41 Horas.
  • Brigada contraincendio intermedia o clase II: 208 Horas.
  • Brigada contraincendio especializada o clase III: 320 Horas.

Recuerde siempre este principio

El desconocimiento de la norma no lo exime de su cumplimiento.

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